FECCOOCYL | 22 de May, 2025

Martes, 02 Diciembre 2014 12:57

La patronal religiosa legaliza el derecho de veto de sus colegios

La Federación de Enseñanza de CCOO de CyL denuncia que la normativa de admisión amplía el derecho de la Concertada a escoger a sus alumnos.
La Consejería de Educación ha modificado la normativa de admisión para acceder a plazas escolares en segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en centros públicos y centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León para así adecuarla a una Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Castilla y León que estima parcialmente un recurso interpuesto por la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza Titulares de Centros Católicos, que la Junta de Castilla y León decidió no recurrir ante el Tribunal Supremo.

Como consecuencia de dicha Sentencia, la Orden añade un apartado con la siguiente redacción:
e) La adscripción que afecte a un centro concertado requerirá el consentimiento del titular del mismo.

Eso supone que, a partir de ahora, mientras la adscripción de unos centros públicos a otros, que imparten las enseñanzas que puede seguir cursando el alumnado, será fruto de una planificación, que supone decisiones que implican ventajas y desventajas a los centros concernidos, pero garantiza al alumnado una plaza en un colegio o instituto próximo; mientras los centros privados, a pesar de estar sostenidos con fondos públicos se verán exentos de cualquier condicionamiento, a la hora de recibir alumnado que no sea el que responde a sus intereses particulares. Y, además, todo ello tendrá rango de norma legal.

Nuestro sindicato considera que mientras que el modelo de Escuela Pública debe defender la igualdad, permitir la movilidad social y luchar contra el fracaso escolar, que afecta a los hijos e hijas de las clases más desfavorecidas, sin embargo la existencia de dos redes educativas (pública y privada), hace muy difícil la igualdad real de oportunidades, sobre todo porque los conciertos educativos no cumplen el papel para el que se crearon (escolarizar al alumnado que la red pública no podía atender y hacerlo en las mismas condiciones que la pública), porque al conseguir zafarse del alumnado con algún tipo de dificultad (el de zonas rurales, emigrantes y minorías étnicas además del de de barrios con alto nivel de precariedad), seleccionan (por ejemplo, con cuotas “voluntarias” a las familias) un público homogéneo.

Ese carácter selectivo se ve reforzado con la actual Orden que acrecienta el poder de la patronal de los centros concertados y da una nueva vuelta de tuerca en su derecho de veto sobre el alumnado, por lo que la Federación de Enseñanza de CCOO considera que la Junta de Castilla y León debería haber recurrido al Tribunal Supremo, la Sentencia citada.

Más información: 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                            Valladolid, 2 de diciembre de 2014
César Arenas Vázquez
Responsable de Política Educativa de la FECCOOCyL

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