FECCOOCYL | 11 de December, 2024

Lunes, 25 Noviembre 2024 14:20

Mesa Sectorial del 25 de noviembre de 2024

RESUMEN DE LA REUNIÓN DERIVADA DE LA MESA SECTORIAL DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2024.

Intervienen en esta reunión la DG de RRHH, Teresa Barroso y la Secretaria de la mesa Lourdes Paredes.

BORRADOR DE RESOLUCIÓN DE LAS DG DE RRHH POR LA QUE SE CONVOCA LA RENOVACIÓN DE LOS CARGOS DE DIRECTORES Y DIRECTORAS DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS, NOMBRADOS AL AMPARO DE LA ORDEN EDU/395/2021 DE 6 DE ABRIL.

 

Es una resolución muy sencilla que deriva de la orden 395 de 2021 y que permite continuar en el cargo de la dirección mediante una solicitud que está supeditada a la evolución positiva del trabajo realizado.

La petición es informática y debe descargarse el resguardo acreditativo. Si el candidato/a no adjunta la actualización del proyecto en el formulario, no se puede subsanar, estaría automáticamente fuera del proceso.

Plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación.

Una vez oído el informe y oído el Consejo Escolar, la comisión de evaluación valorará al candidato/a de manera positiva o negativa.

Si la persona no tiene destino definitivo en el centro, se le nombrará en comisión de servicios por cuatro años, con posibilidad de renovación de otros cuatro, previa evaluación positiva.

 

INTERVENCIÓN DE LAS CINCO OOSS:                                   

Esperamos que se cubran todas las plazas.

 

CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS PLANTILLAS JURÍDICAS DE CENTROS PÚBLICOS DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA PARA EL CURSO 2025-2026.

El próximo curso será el 4º año de aplicación del Acuerdo de 2022; nos llegamos por 4º de Primaria y de la 4º de la ESO, quedarían los dos últimos años de primaria.

Se han actualizado los criterios en cuanto a la terminología (por ejemplo, en los ciclos formativos de FP respecto a la nueva ley).

Criterio nuevo que deriva de la nueva ley de FP: en los CIFP se computarán las horas de inglés profesional en el Dpto. de idiomas.

En los ciclos formativos, los módulos con atribución docente en más de una especialidad, se creará en una de ellas, buscando el equilibrio.

 

INTERVENCIÓN DE LAS OOSS:

Las cinco organizaciones sindicales presentamos un documento con las alegaciones para que sean tenidas en cuenta por la Dirección General de Recursos Humanos.

Demandamos ratios reducidas que favorezcan la atención individualizada del alumnado, convertir la baja natalidad de nuestra comunidad de una amenaza a una oportunidad.

Relativo a las horquillas de alumnado solicitamos que se tome siempre la inferior y que así se indique en este documento.

Reclamamos la estabilización jurídica de las plantillas de los Centros de Educación Especial, tanto de Maestros y Maestras como de Profesorado especialista.

Insistimos en abrir la negociación de un nuevo modelo de bilingüismo para la comunidad y que se congele la creación de plazas bilingües ya que el actual da síntomas de agotamiento al no haberse creado ninguna nueva sección bilingüe este curso ni el anterior, la última creación es la realizada por Orden EDU/171/2022, de 28 de febrero.

De nuevo demandamos la revisión de ATDI. Revisar y ajustar el ATDI a la realidad del alumnado que se atiende y, finalmente, insistir en la necesidad de una mayor bajada de las ratios y un aumento de las plantillas.

Pedimos que compute las horas de las Maestras y los Maestros de Educación Infantil en el primer ciclo.

Solicitamos que la reducción del número de periodos también llegué para el profesorado de Escuela Oficial de Idiomas, Escuelas de Arte y Conservatorios de Música y el punto de partida debería de ser los criterios de plantillas previos a los recortes. La única forma de dar estabilidad a las plantillas de los centros educativos es crear plantilla jurídica.

Reclamamos la vigencia del Acuerdo de 19 de mayo de 2006, de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas escolares de la Comunidad de Castilla y León, pero los criterios de plantillas no se respetan, al no alcanzarse la relación entre plantilla orgánica y funcional que fija dicho Acuerdo en su punto 2.1.2, ≥95% para Educación Infantil y Primaria, ≥ 85% para ESO y Bachillerato y ≥75% para Formación Profesional.

Solicitamos criterios concretos para los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, tanto generales como específicos.

Consideramos que amortizar plazas es el último recurso pero que la Consejería de Educación utilice la “no amortización” de plazas que llevan muchos años sin cubrir como argumento propagandístico es cuestionable.

Planteamos que el nuevo modelo de Formación Profesional debería permitir la creación de plantillas estables en los centros educativos, viendo “perspectiva de continuidad”, en los últimos 5 cursos se ha incrementado un 12% el alumnado matriculado en estas enseñanzas.

Las horas de FP no pueden quedar así, es muy grave la discriminación a este colectivo. Hay que volver al curso 2011/12 en todo lo posible.

Pedimos que se aclaren los términos tan ampliamente utilizados en el documento como “consolidados” (aparece más de 30 veces en documento) y “perspectiva de continuidad” (10 veces).

Pedimos la creación de una comisión de seguimiento de la creación de las plantillas jurídicas.

Exigimos la entrega del cupo para poder hacer un estudio riguroso de las plantillas.

Solicitamos que se nos permita entrar en la negociación de plantilla funcional.

Con carácter general sustituir “se dotará “ por “ se creará”

Educación a distancia: se necesita una regulación del número de alumnos/as por grupo para su correcta atención.

 En el punto 2.2.1. añadir:

2.2. 1.a.1. Educación Infantil. Pedimos que se cree un apoyo en aquellos centros con más de 4 unidades jurídicas y que se incluya también como determinante el número de localidades.

2.2.1.a.2 Educación Primaria.

Sustituir “habrá tantos puestos jurídicos como unidades creadas” por “habrá como mínimo tantos puestos jurídicos como marquen las horas lectivas de las unidades creadas”.

Creación de un puesto de apoyo a primaria a partir de once unidades.

2.2.1.a.4-Lengua Extranjera Inglés. Reducir la ratio de 17 alumnos/as a 14.

2.2.1.a.6-Puesto de apoyo en E. Infantil. Pedimos que se sitúe en 18 alumnos/as para que sean dotados de este apoyo. La ratio no debería ser el único criterio, se debería tener en cuenta el alumnado con necesidades, inmigrantes sin conocimiento del idioma, incorporaciones a lo largo el curso…

2.2.1.a.7.NOVEDAD.Dotar de dos puestos de apoyo de infantil a los centros que tengan 8 o 9 unidades jurídicas en funcionamiento en el 2º ciclo de Educación Infantil.

2.2.2. Novedad. Pedimos igualar la ratio de AL a la de PT.

Apartado 2.2.2 Especialistas de atención a la diversidad.

La ORDEN EDU/1152/2010 establece las ratios de especialista/alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Esta orden afecta únicamente a un 10% del alumnado con necesidades educativas especiales.

La ATDI recoge a todos los ACNEAE distribuidos en 5 grupos: ACNEE, ANCE, AACC, DABRA y TDAH, y subsidiariamente se refiere a la orden EDU/1152/2010, donde las únicas ratios que se recogen para crear plantilla hacen alusión a los ACNEEs, no a todos los ACNEAEs. Esto implica que en cuanto a las ratios de PT, AL y PC se debe concretar y se deben recoger todos los ACNEAE y no sólo los que interesa a la administración en cada caso.

Por tanto, consideramos que hay que cambiar la Orden EDU/1152/2010, que es la que utiliza inspección y recursos humanos para asignar el cupo, ya que se quedarían sin apoyo de PT o AL un 90% del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, lo que va contra el espíritu de la LOMLOE.

En cuanto a los Equipos específicos o especializados, somos la única comunidad donde no están generalizados, a pesar del Plan Marco de Atención a la Diversidad de la Junta de Castilla y León, la Orden de 13 de Febrero del 2006 por la que se aprobó el Plan de Orientación educativa y el DECRETO 5/2018, de 8 de marzo, por el que se establece el modelo de orientación educativa, vocacional y profesional en la Comunidad de Castilla y León. Todo ello ya contemplaba la creación en cada provincia (son casi 20 años de promesas incumplidas) de:

Equipo de orientación educativa para la atención a discapacitados auditivos y motóricos, así como otros equipos específicos de acuerdo a las necesidades de cada provincia.

Y consideramos imprescindible la creación estructural de unidades de conducta en todas las provincias, así como crear plantilla jurídica de las plazas del CREECYL.

Para concluir, queremos incidir en que estos criterios no están resultando eficaces, puesto que han contribuido a las tasas tan elevadas de interinidad que sufrimos. Una razón más para plantear una revisión más integral de los mismos.

En el punto 2.2.2.6. consideramos que se deben crear plantilla jurídica en todos los Centros de Educación Especial de profesores de Servicios a la Comunidad y Orientación Educativa y también en CEOS.

En el punto 2.2.2.7. reclamamos que se reduzcan los kilómetros del criterio 5, 40 km son excesivos y más según el tipo de carretera o la climatología. No debe ser mayor de 20 km. Además, rebajar la ratio de 20 a 18.

En el punto 2.2.2.8. planteamos que la supresión de plazas de Educación Compensatoria se haga como un último recurso y que se establezca un marco temporal, no solo de número de alumnos.

En el punto 3.6 proponemos pasar de cuatro a dos cursos.

En el punto 4.1.1. demandamos que los desdobles en FP se generalicen, no que sean la excepción, especialmente en los módulos prácticos para asegurar la atención individualizada y prevenir accidentes.

En el punto 4.1.1. pedimos que el módulo de Proyecto intermodular compute con sus respectivos periodos.

En los puntos 4.1.1.7. y 4.2.2.5. señalamos que el módulo de inglés profesional no existe en grado básico.

4.2.1.1 Departamentos unipersonales: computar 3 horas lectivas en todos los casos.

4.2.1.3 Sustituir 25 alumnos/as por 20, como mínimo 22.

4.2.1.6 No utilizar este criterio hasta que no se haya negociado la plantilla de los centros de secundaria bilingües.

4.2.1.7. Plazas de idiomas en IES con ciclos formativos de grado medio y superior. Añadir también los ciclos de FP básica para la creación de plazas en los departamentos de idiomas.

4.2.1.8

  • Segunda lengua extranjera: Quitar la última frase: “No se computarán las horas cuando el número de alumnos/as sea inferior a siete en el ámbito rural y diez en el ámbito urbano.”
  • Se crearán plazas de las especialidades de Orientación educativa y de Servicios a la Comunidad en los IES. Pedimos que se quite la coletilla de “siempre que existan necesidades consolidadas en plantilla funcional de estos especialistas”, tal y como hemos pedido para todo el documento.
  • Además, pedimos la ratio de un Orientador/a por cada 250 alumnos/as. Este número será flexible para los centros en los que existan enseñanzas de ESO, Bachillerato y FP, y que cuente con horarios de mañana y tarde.
  • Eliminar “No se computarán las horas correspondientes a los programas experimentales”.
  • En cuanto a los programas, el de salud mental se debe contabilizar, ya que consumen recursos propios, no europeos.
  • Pedimos que se añada: Se creará la primera plaza de PSC en los todos los Departamentos de Orientación.

4.2.2 Sustituir “1 plaza más por cada 17 períodos a partir de la tercera” por “1 plaza más por cada 17 períodos a partir de la segunda”

  • Añadir un criterio para que cuenten para crear plantilla jurídica las horas impartidas en el Bachillerato Internacional.

En el punto 4.2.2.1. indicamos que la Formación en empresa u organismo equiparado no es un módulo y consideramos que la Formación en empresa u organismo equiparado debe de computarse por cada ciclo formativo implantado en el centro, no por familia profesional, y no solo 6 períodos, deberían de ser al menos 8 periodos teniendo en cuenta que ahora se atiende más del doble de alumnado, al realizar esta formación tanto alumnado de 1º como de 2º curso y antes la FCT solo implicaba al alumnado de 2º curso.

4.3.1 así como en el 5.4. añadir a los criterios para amortizar “tras dos/tres años si no hay perspectiva de recuperación”.

  1. ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

5.5. EOI implantación del C2. Cambiar “se podrá computar” los períodos lectivos del curso especializado del nivel C2 por “se computarán”.  Incluir la implantación del nivel C1.

 

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN:

No han respondido a todas y cada una de nuestras alegaciones, sino que las han recogido y han comentado de manera general los siguientes puntos:

- Teresa asegura que la ratio de nuestra comunidad se encuentra entre las mejores de la media nacional. De hecho, refiere que debemos poner en valor el Acuerdo de 2022, que está evitando que desaparezcan puestos de maestro@s.

- Respecto a la horquilla, siempre se va a la parte más baja.

- Para modificar las plantillas jurídicas de FP tiene que haber perspectiva de continuidad y, de momento, se está implementando y es objeto de estudio.  Se irán creando plazas cuando se consoliden.

- Nos darán los datos de cupo antes de que vayamos a la reunión de plantillas, pero no se negociará.

- Respecto al Acuerdo de 2006, tenemos datos suficientes para ver que en muchos centros la plantilla orgánica está por encima de la funcional. Se podrían haber suprimido muchas plazas. Estamos por encima de lo firmado.

- Respecto a la petición de una ratio de 250 alumn@s por orientador, ya respondieron el año pasado que con el nº de orientadores añadidos por el Plan de Salud mental estamos por encima de la ratio establecida por la UNESCO. Hay muchos orientadores en centros rurales que no tienen ni 100 alumnos. Se crearon todas las plazas el año pasado, pero no siempre se pueden crear como completas en jurídica (los casos de las medias jornadas).

- En cuanto al incremento del 12% de alumnado en FP: es un incremento general, pero el nº de familias en FP es muy amplio y no funciona como en Bachillerato, puede desaparecer una familia entera y ser sustituida por otra. Hay ciclos que no se llegan a consolidar por falta de alumnado, especialmente en la zona rural. No se pueden crear en plantilla jurídica plazas que no se vayan a cubrir porque no hay alumnado suficiente. Esta comunidad es más generosa en los criterios de creación de plantilla respecto a otras CCAA.

- Plazas de PT y AL: se está aplicando el Acuerdo de 2022 y crean plazas conforme a la ratio. El nº de alumn@s con necesidades educativas no es estable ni va creciendo en un centro conforme pasan los años. No se puede crear plantilla orgánica en estos casos porque terminarían teniendo que desplazar al profesorado.

- En compensatoria: son ratios muy razonables aplicando el Acuerdo en vigor.

- No se pueden generalizar los desdobles, se hacen los necesarios.

- Departamentos unipersonales: no se puede considerar igual que los otros departamentos porque no generan el mismo trabajo, ni por nº de profesores ni por nº de alumn@s.

- Modelo bilingüe: no entran en este tema porque no es de esta Dirección General. Lo único que intentan con estas creaciones es dar estabilidad al profesorado.

- Ratios para impartir una segunda lengua extranjera: tienen que actuar con prudencia en las zonas rurales, donde se está asistiendo a una reducción del alumnado conforme avanzan los cursos.

- En las EOI y Enseñanzas de Régimen Especial se están manteniendo plazas con ratios mucho más bajas que en la ESO. Hay grupos en el aire y sobra plantilla jurídica. La estabilidad del alumnado es muy baja en las EOI.

- En los colegios de Educación Especial todas las plazas están creadas y son especialmente sensibles a este colectivo.

- Plazas de SC (servicios a la comunidad) en CEO y CEE: no tienen Dptos. de Orientación, se gestionan por los Equipos (EOE), por lo que estas plazas se están creando en los equipos progresivamente.

- Bachillerato internacional: para impartir docencia hay que recibir unos cursos de muchas horas y no se demandan. Por eso no se pueden crear plazas para ese tipo de bachillerato exprofeso que, además, está perdiendo mucho alumnado (a punto de desaparecer en algunas provincias).

 

En líneas generales, consideran nuestras propuestas demasiado ambiciosas, como si se tratara de otra comunidad autónoma.

Sin que se haya pedido expresamente, en el punto 4.2. (relativo a los Criterios de Creación) Teresa acepta bajar en uno el nº de periodos lectivos necesarios para la creación de una 2ª plaza, tanto en ESO/Bachillerato como en FP.

ESO/Bachillerato: bajar a 28 periodos lectivos

FP: bajar a 31

 

RUEGOS Y PREGUNTAS:

En nombre de las cinco OOSS pedimos que se atiendan a los ruegos y preguntas presentados en las últimas reuniones.

 

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN:

La misma que en las últimas mesas: cuando haya novedades nos informarán.

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