El derecho a cotizar de los becarios universitarios y de formación profesional se ha conseguido a partir del Acuerdo de Diálogo Social para la reforma de pensiones suscrito por sindicatos, empresarios y gobierno y se ha elevado al máximo rango legal en la Ley 27/2011, de 2 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social.
En esta ley, y su posterior desarrollo reglamentario publicado en noviembre, se establecen con total claridad los requisitos que deben cumplir los llamados becarios, personas que participen en programas de formación vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, para que dichas becas tengan derecho a cotizar:
- Podrá estar financiada por empresas, entidades o instituciones tanto públicas como privadas.
- Deberá tener algún tipo de vinculación a estudios universitarios o de formación profesional.
- El periodo de beca no podrá tener carácter exclusivamente lectivo, sino que deberá incluir la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades.
- La realización de la beca deberá conllevar una contraprestación económica para los participantes, cualquiera que sea el concepto o la forma en que se perciba.
Aunque el nuevo RD 1707/2011 utiliza la denominación de “prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios”, en realidad se está refiriendo a las mismas situaciones que la Ley 27/2011 regula como “programas de formación vinculados a estudios universitarios…” y para los que establece, cuando concurren una serie de requisitos, la situación de asimilado al alta y la correspondiente cotización a la Seguridad Social. Por tanto, el criterio para incluir o excluir las denominadas “prácticas académicas externas” de los estudiantes universitarios debe establecerse a partir de que se produzca o no la concurrencia de los requisitos establecidos en la Ley 27/2011 de reforma de las pensiones.
CCOO denuncia la clara vulneración que el Real Decreto en cuestión supone de una norma con rango de Ley, y recuerda, además, que el coste de la cotización de los becarios está limitado a cuantías de 34,51 euros a cargo de empresas e instituciones y 6,01 euros a cargo de los propios becarios, por lo que tampoco cabe aducir un problema de financiación de la medida.
CCOO ha exigido por escrito a los Ministros de Trabajo y Educación que se rectifique de forma inmediata esta situación y se garantice así la protección social de los más de 150.000 becarios universitarios que se podrían ver afectados.
