CCOO apoya la enmienda de IU a los Presupuestos Generales del Estado que reclama la inmediata aplicación de la jubilación parcial de los funcionarios que recoge el Estatuto Básico del Empleado Público

CCOO apoya una enmienda de IU que reclama la jubilación parcial en la Función Pública. El sindicato cree que se trata de una fórmula beneficiosa para el conjunto del funcionariado y que flexibiliza la jubilación La Federación de Enseñanza de CC.OO. ha felicitado al grupo parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds (IU-ICV) por presentar una enmienda al articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2008 en la que exige la inmediata aplicación de la jubilación parcial en la Función Pública. El contenido íntegro de la enmienda de IU-ICV es el siguiente: "En el plazo de dos meses desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta ley, el Gobierno aprobará el desarrollo reglamentario del artículo 67 del Estatuto Básico del Empleado Público que regule los aspectos profesionales, laborales y la configuración de la figura del funcionario relevista para la aplicación de la jubilación parcial en la Función Pública".Junto al resto de Federaciones del Área Pública de CC.OO., la Federación de Enseñanza de este sindicato impulsó en la negociación y posterior tramitación parlamentaria del Estatuto del Empleado Público el derecho de todos los empleados públicos a la jubilación parcial en términos análogos a los del sector privado. Con motivo de esta iniciativa promoveremos una campaña en favor de esta medida, que, entre otros beneficios sociales, evita una ruptura brusca entre la vida activa y el paso a la jubilación definitiva, estimula la renovación de las plantillas y la incorporación al trabajo de numerosos jóvenes y desempleados. Para CC.OO., la jubilación parcial es una forma flexible de jubilación beneficiosa para el conjunto del funcionariado, complementaria y no sustitutiva de otras.Si finalmente prospera la enmienda de IU-ICV se pondrá también fin a una situación de agravio, ya que en la actualidad los trabajadores de empresas privadas, e incluso el personal laboral de las administraciones locales, pueden acogerse a la jubilación parcial, y no así el resto de empleados públicos.