Comisiones Obreras valora la aprobación de la Ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Para CC.OO. garantiza los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación por razón de sexo. CC.OO. valora la aprobación de la Ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ley en la que el sindicato ha participado activamente con propuestas tanto en los inicios como en toda su tramitación que han supuesto una mejora fundamental de la norma y, que considera da un paso fundamental en el logro de un marco normativo que garantice de forma efectiva los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación por razón de sexo. Las mejoras introducidas en materia de maternidad y el reconocimiento de la suspensión del contrato por paternidad de 13 días, serán de aplicación inmediata a todos los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir de su entrada en vigor a las 00 h. del sábado 24 de Marzo. Las mejoras en la prestación de riesgo durante el embarazo y la prestación por riesgo durante la lactancia se aplican a las suspensiones que por dicha causa se produzcan a partir de la entrada en vigor. La gestión de la prestación por paternidad es la misma que la establecida actualmente para la prestación por maternidad correspondiendo directa y exclusivamente a la Entidad gestora.Igualmente a partir de esta fecha se hacen efectivos los derechos laborales relativos a la conciliación de la vida laboral y familiar, reducciones de jornada, excedencias, la no pérdida de vacaciones por estar de baja por maternidad o paternidad, dos días de permiso por intervención quirúrgica sin hospitalización, entre otras medidas, asegurando así la protección y garantía de derechos e impulsando la intervención sindical frente a la discriminación y a favor de la igualdad.Especial atención merece la obligación de negociar planes de igualdad, que recoge la Ley, para todas las empresas de más de 250 trabajadoras que inicien el proceso de negociación de convenios colectivos.