La Federación de Enseñanza de CC.OO. de Castilla y León ha ganado la demanda de impugnación contra el artículo 59 del II Convenio Colectivo del PAS laboral de las universidades públicas, que discrimina a las empleadas y empleados con contrato temporal (unos 250 en las cuatro universidades públicas), en contra de la normativa de la Unión Europea y el Estatuto de los Trabajadores.

El PAS eventual de las universidades cobrará la antigüedad gracias a la demanda ganada por CC.OO., que no firmó el II Convenio Colectivo del Personal de Administración y Servicios (PAS) laboral de las universidades públicas, ya advirtió que en algunos artículos se contravenía el Estatuto de los Trabajadores y que los impugnaría. La Federación de Enseñanza de CC.OO. de Castilla y León ha ganado la demanda de impugnación contra el artículo 59 del II Convenio Colectivo del PAS laboral de las universidades públicas, que discrimina a las empleadas y empleados con contrato temporal (unos 250 en las cuatro universidades públicas), en contra de la normativa de la Unión Europea y el Estatuto de los Trabajadores.El II Convenio del PAS laboral, suscrito por las cuatro universidades públicas, UGT y CSIF, es contrario, en su artículo 59, a la directiva europea 1999/70/CE, recogida posteriormente en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, ya que establece condiciones más restrictivas para el personal eventual en el reconocimiento de su antigüedad y en la retribución de la misma, y, por tanto, discrimina al personal con contrato temporal y les niega la posibilidad real de percibir las retribuciones a las que tienen derecho.La Sentencia recuerda que la doctrina de la Sala y del Tribunal Constitucional ya estableció, incluso antes de la reforma del Estatuto de los Trabajadores (en el año 2001), "la tesis de que el principio de igualdad convierte en irrazonable la desigualdad de trato en sede de compensación de la antigüedad acopiada, cuando la distinción radica sólo en el carácter indefinido o temporal de la relación que cobija la prestación de servicios".En los próximos días la Federación de Enseñanza de CC.OO. de Castilla y León se pondrá en contacto con los afectados y pondrá a su disposición los diferentes documentos para reclamar las cantidades que correspondan a cada uno de ellos. Al igual que sucedió con el personal laboral temporal de la Consejería de Educación y con los interinos docentes no universitarios, la presión sindical ante al falta de negociación, y en último término las sentencias favorables de los tribunales, han hecho rectificar a la administración y obligado a reconocer los derechos de todos los trabajadores, con independencia de la temporalidad o no de su contrato de trabajo.Información relacionada:II Convenio Personal Laboral de Administración y ServiciosSentencia 9 de mayo de 2007