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Lunes, 12 Enero 2015 10:02

SOBRE LOS SEXENIOS DEL PROFESORADO INTERINO

En los sindicatos provinciales de CCOO ya se facilitan los modelos de recurso de reposición para tal reclamación
Como ya habíamos informado el día 19 de diciembre pasado, desde la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León hemos logrado que la Consejería de Educación abone los sexenios al profesorado interino sin necesidad de acudir al contencioso-administrativo, con tan sólo presentar la solicitud. Si bien es cierto que, para poder cobrar los efectos retroactivos, en su caso, sigue siendo necesario acudir a los Tribunales.

Ante esta nueva actuación de la Administración Educativa podemos encontrarnos con diversas situaciones que queremos aclarar:

1) Profesorado que presente por primera vez la solicitud:
Si cumple los requisitos para el reconocimiento del sexenio/os, la Administración resolverá positivamente dicha solicitud y lo/os abonará desde la fecha de la misma. Frente a esta resolución y si el profesorado tuviera derecho a cobrar con efectos retroactivos (4 años atrás) se tendrá que interponer el recurso contencioso reclamando dichos efectos.
2) Profesorado que ya haya presentado la solicitud y esté esperando respuesta de la Administración: En este supuesto puede haber dos posibilidades a su vez:

- Que ya haya pasado el plazo sin respuesta de la Administración: se tendrá que interponer un recurso de reposición (en vía administrativa, es decir, que no se necesita acudir a la vía judicial, por lo que no hay ningún gasto para el profesorado) y a este recurso la Administración responderá positivamente, siempre que se cumplan los requisitos para el reconocimiento.
- Que aún no haya pasado el plazo: se estará a la espera de respuesta que tendrá que ser positiva (no es necesario interponer una nueva solicitud). En el supuesto de que no hubiera respuesta, se actuará como en el caso anterior, interponiendo el correspondiente recurso de reposición.
En los sindicatos provinciales de CCOO ya se facilitan los modelos de recurso de reposición para tal reclamación.


3) Hasta que el Tribunal Superior de Justicia de CyL se pronuncie a favor del reconocimiento de los efectos retroactivos, éstos deberán reclamarse por la vía contencioso-administrativa. En este supuesto, el profesorado interino cuenta con los Servicios Jurídicos de CCOO que están ganando todas las reclamaciones ante los Juzgados de lo contencioso que venimos interponiendo.

La Federación de Enseñanza de CCOO no cejará en el empeño de exigir, una y otra vez, los derechos de las/os trabajadores de la enseñanza y la mejora de sus condiciones laborales.
 
12 de enero de 2015

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