FECCOOCYL | 04 de December, 2025

Jueves, 27 Noviembre 2025 11:13

Reunión de la Mesa Negociadora del XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas

Ayer se celebró la que deberá ser última reunión de Mesa Negociadora del nuevo Convenio Colectivo.

Se han terminado de perfilar los últimos acuerdos que deberán propiciar la toma de decisión definitiva de todas las organizaciones integrantes de la Mesa sobre la firma del XXIV Convenio de Autoescuelas.

Los acuerdos alcanzados son los siguientes:

Ámbito temporal: Años 2024, 2025 y 2026.

Tablas Salariales:

  • La subida total acordada es del 11,9%, repartida durante todo el periodo de vigencia del Convenio.
  • Dado que se debe cumplir lo acordado anteriormente en el XXIII Convenio Colectivo para el cumplimiento del SMI (y del 10% adicional para el personal docente), el incremento que se debe aplicar en el año 2024 ha de ser del 5%. Por tanto, el mayor porcentaje de subida se aplicará al primer año de vigencia (2024). Esto hace que el importe de las cantidades a percibir por las personas trabajadoras, para recuperar la retroactividad, sea superior. Así mismo, también supone que los incrementos de los siguientes años se aplicarán sobre el incremento más grande de 2024.
  • Por la misma razón, el incremento acordado para 2025 es de 4,41%.
  • Como consecuencia de lo anterior, el incremento para 2026 será del 2,49%
  • Los incrementos se aplicarán, en todos los casos, sobre el Salario Base. Todas las organizaciones sindicales presentes hemos rechazado tajantemente la pretensión de la Patronal para que se considerase incluido el plus de transporte en el cálculo del SMI, dado que no consideramos que esto sea legalmente posible.

Resto de acuerdos:

  • Se procede a la adaptación legal de los capítulos de permisos y contratación.
  • Se incluye un nuevo protocolo contra la discriminación y el acoso por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales y diversidad familiar.
  • Se incluye, así mismo, un protocolo de actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos. Los días 24 y 31 de diciembre, considerados en el artículo 12 del actual convenio como vacaciones retribuidas, en caso de que caigan en domingo, se trasladarán al día anterior o posterior laborable para el trabajador.
  • Se cambian los dos días laborales adicionales al mes de vacaciones por 18 horas. Estas horas se podrían disfrutar en bloques de 3 horas.
  • Se establece un nuevo supuesto de excedencia voluntaria con reserva del puesto de trabajo, de un año de duración, para dedicarse a la mejora de su formación o al perfeccionamiento profesional de la persona trabajadora. Para poder acceder a la misma es necesaria una antigüedad mínima de 3 años. Esta excedencia no se podrá utilizar para trabajar a otra escuela de la competencia.
  • Se acuerda modificar el artículo 34, relativo a la enseñanza gratuita, estableciendo que el trabajador/a cónyuge e hijos que convivan con los trabajadores de las autoescuelas y tengan una antigüedad mínima en la Empresa de un año, tendrán derecho a la enseñanza en las fases teórica y la matrícula para la obtención del permiso de la categoría B. En las clases prácticas, se aplicará una reducción del 40% del coste de la formación. Para el resto de los permisos diferentes al B, la persona trabajadora deberá tener una antigüedad mínima de dos años en la empresa y esta podrá exigir la devolución del 40% subvencionado en el caso de que la persona trabajadora se vaya de la empresa dentro del periodo de tres años posteriores a la formación recibida.
  • Como único elemento que aún ha quedado pendiente, se deberá decidir sobre la modificación del actual redactado del Art. 38, relativo a la Incapacidad Temporal, para que este sea más claro y no permita interpretaciones erróneas, como sucede con la redacción actual del artículo.

Finalmente, la reunión ha concluido con el compromiso de trabajar sobre la redacción definitiva del convenio, debiendo estar concluida antes del día previsto para la posible firma, el próximo 18 de diciembre.

 

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