La ORDEN EDU/174/2012, de 21 de marzo, (BOCyL de 3.04.2012) por la que se convocan, para el curso escolar 2012/2013, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 4 de junio de 2012 (incluido).
Solicitudes y documentación:
Anexo: Modelo de solicitud
- Hoja de servicios.
- Se convoca, para el curso escolar 2011/2012, la concesión de 200 permisos parcialmente retribuidos .
- Se enmarcan en un período de cinco cursos escolares consecutivos, en los que durante los cuatro primeros cursos los beneficiarios prestarán los servicios correspondientes a jornada completa, impartiendo docencia directa en los centros y en el quinto disfrutarán del permiso . El disfrute del permiso durante el último curso escolar no podrá ser interrumpido, fraccionado o aplazado.
- Durante los cinco cursos escolares el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.
- El periodo de permiso será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.
- El periodo de cinco años comenzará al inicio del curso escolar 2012/2013 .
- Ser funcionario de carrera en servicio activo con al menos siete años de antigüedad.
- Impartir docencia directa durante los primeros cuatro cursos.
- No tener cumplidos cincuenta y cinco años o más años de edad a 31 de agosto de 2012.