En lo que a la paga extraordinaria total se refiere la Federación de Enseñanza planteará un recurso administrativo firmado por dos personas de cada sindicato pertenecientes a la Plataforma de Empleadas/os Públicos.
Y en relación a la parte proporcional de la paga extra comprendido entre el 1 de junio y el 15 de julio de 2012 las actuaciones a seguir serán:
- Funcionario docente de enseñanza pública no universitaria, se presentará una reclamación individual dirigida al Consejero de Educación donde se reclama la parte proporcional de la paga extra.
- Personal laboral de Servicios Educativos Complementarios, se planteará conflicto colectivo en el ámbito funcional del convenio colectivo.
- Universidad.
- Personal docente funcionario de universidad, se presentará una reclamación individual dirigida al Rector de la Universidad.
- Personal docente laboral de universidad, se planteará conflicto colectivo en el ámbito funcional del convenio colectivo.
- Personal laboral de universidad, se planteará conflicto colectivo en el ámbito funcional del convenio colectivo.
- Personal de enseñanza privada se planteará conflicto colectivo en el ámbito funcional del convenio colectivo.
- Para todo el funcionario interino que ha sido cesado y para aquellos que no están en activo: jubilados, despedidos, excedentes, con posterioridad al 1 de junio de 2012, se planteará una reclamación individual.
