Desde el año 2004, la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León ha venido denunciando ante los tribunales de justicia la ilegal atribución económica que la Junta de Castilla y León viene aplicando a docentes que integran un mismo colectivo con unas mismas funciones, como es el de los integrantes de los EOEPs.
Los actuales Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica fueron creados en el desarrollo normativo de la LOGSE en diciembre de 1993, formados por Profesores de Secundaria de la especialidad de Psicología y Pedagogía y Profesores Técnicos de F.P.
Anteriores a los EOEPs, funcionaban los SOEV (Servicios de Orientación Escolar y Vocacional), puestos en funcionamiento con la Ley General de Educación (Ley 1970) en el año 1977, integrados por profesores de Educación Primaria, licenciados en Psicología o pedagogos. Algunos de estos maestros licenciados, concurrieron a las oposiciones del Cuerpo de Secundaria e inmediatamente perdieron su complemento singular, que tiempo más tarde recuperaron por la vía Contencioso Administrativa. Otros maestros, reticentes a concurrir a los procesos selectivos, quedaron en una situación administrativa “a extinguir”, sin derecho a la movilidad, conservando su complemento singular. Posteriormente consiguieron a través de los tribunales equipararse en retribuciones a los Profesores de Secundaria.
A partir del Plan Nacional de Educación Especial de 1987 y de la Ley de Integración Social del Minusválido de 1982, surgió un nuevo marco de intervención psicoeducativa, se crearon los Equipos Multiprofesionales (E.M.). La situación de sus componentes era la de contratados laborales (con reconocimiento de su titulación) de la administración educativa tras concurso-oposición como forma de acceso.
A partir del año 1985 se procedió a la unificación de funciones de S.O.E.V. y E.M. (Orientaciones para el funcionamiento de Equipos Psicopedagógicos, Enero de 1986) planteando funciones generales en el sector.
Como consecuencia de todo lo anterior, desde hace años, vienen conviviendo en los EOEPs funcionarios de distintos Cuerpos, que, a través de reclamaciones individuales y colectivas han ido ganando sentencias en las que claramente hay un mismo denominador: a idéntico puesto de trabajo e idénticas funciones, idénticas retribuciones.
Con su sentencia de 18 de septiembre de 2007 ante el recurso interpuesto por esta Federación contra el Decreto de Retribuciones del año 2006, ahora finalmente ejecutada, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sala de lo Contencioso-Administrativo) sienta las bases para que las remuneraciones de todos los miembros de los EOEPs sean parejas (en lo que al citado complemento afecta) y para que dicho complemento se mantenga, integrándose en la parte permanente del salario que perciben.
En la misma el TSJCyL estima el recurso presentado por esta Federación contra la diferente retribución asignada a los miembros de dichos equipos según que su procedencia fuera el Cuerpo de Maestros o el de Profesores de Secundaria obligando a la Administración a “realizar las actuaciones necesarias para salvaguardar el derecho de igualdad que se considera lesionado”.
En los fundamentos de la sentencia, el TSJCyL subraya que la Orden que rige los EOEPs no hace diferencia alguna en las funciones que los miembros de estos equipos deben realizar, independientemente de su cuerpo de procedencia, por lo que la asignación de un componente específico determinado a los Maestros vulnera el principio constitucional de igualdad.
Asimismo declara el Tribunal que estas retribuciones deben constituir un elemento permanente en las retribuciones de estos docentes, y no, como pretendía la Administración, aplicarlas como complemento de productividad por un solo año, contraviniendo, como señala el TSJ, su propia normativa.
En el Decreto de Retribuciones recurrido, la Junta de CyL otorgaba a los maestros de estos equipos un complemento de 204.67 € por un lado y otro de 139.76 € por otro, mientras que a los Profesores de Secundaria y/o FP les adjudicaba un complemento de 64.94 €, es decir, un total de 279.57 € menos. Esta Sentencia obliga a la Administración a pagar las mismas cantidades a los profesores de secundaria.
Con fecha de hoy la Administración ha aprobado la modificación del Decreto de 2006 acordando la aplicación a los Profesores de Secundaria y FP de los mismos complementos y cantidades que perciben los maestros: 204.67 € y 139.76 €, respectivamente. Esto supone que aquellos compañeros/as que no estuvieran percibiendo estas cantidades las percibirán a partir de ahora.
Desde la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León nos congratulamos de que estos docentes que, por la razones que fueran, no estuvieran percibiendo estas cantidades las reciban por fin y emplazamos a la Junta a que aplique la sentencia por extensión a los decretos de retribuciones de los años siguientes (igualmente recurridos por esta Federación), lo que puede suponer, en algunos casos, cantidades cercanas a los 9.000 €, dinero que la Administración está “ahorrando” a costa de parte de sus trabajadores/as.
21.09.2010
Miguel Ángel Abeledo Prieto
Coordinador de Acción Sindical
FECCOOCyL
Miguel Ángel Abeledo Prieto
Coordinador de Acción Sindical
FECCOOCyL