Primero iniciamos las reclamaciones para que el profesorado interino cobrara los sexenios de acuerdo con lo marcado en la normativa europea: La Directiva 1999/70 CE establece que “no podrá tratarse a las/os trabajadores con un contrato de duración determinada de forma menos favorable que a las/os trabajadoras fijas, comprendiendo también las condiciones económicas”.
De este modo, animamos al profesorado a reclamar su derecho, no sin antes pedirle a la Administración Educativa que lo hiciera de oficio. Lejos de ese reconocimiento de oficio, lo que hace la Consejería es obligar a reclamar dos veces, una en vía administrativa y otra en vía judicial, a través del recurso contencioso-administrativo; recurso cuya interposición conlleva, como todas/os conocemos, gastos económicos para la/el administrado.
La Administración actúa siempre de la misma manera: silencio a la reclamación administrativa y, una vez demandado en el contencioso, se allana a la demanda y reconoce el pago del o de los sexenios desde la fecha de la reclamación.
Son innumerables las reclamaciones interpuestas por el profesorado interino e igual de innumerables los silencios y los allanamientos posteriores. Y es ante esta injusta e ilegítima situación ante la que la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León se rebela y actúa, pues lo que hace la Administración no es más que colapsar la jurisdicción y vulnerar el principio de economía procesal.
La Administración Educativa al no reconocer los errores y desoír nuestras quejas nos obliga a ir un paso más allá en defensa de los derechos de las y los trabajadores de la enseñanza, por lo que, si no modifica sus posiciones, interpondremos una querella por encontrarnos ante un INTENCIONADO y grave ATENTADO procesal, con vulneración y clara DEJADEZ DE FUNCIONES, amparado por multitud de derechos fundamentales y multitud de normas, causando INDEFENSIÓN y lesionando el derecho a la tutela efectiva del art. 24 de la Constitución, obligando como única salida acudir a los tribunales en demanda de restitución de los derechos vulnerados.
La Consejería elimina y mutila al profesorado interino, de forma ilegal, todos sus derechos administrativos y procesales sobre la debida gestión y actuación de funcionario público, el uso y abuso del silencio administrativo supone un ABUSO DE POSICIÓN INSTITUCIONAL, incurriendo en responsabilidad por prevaricación en comisión por omisión, cuando es imperativo realizar una determinada actuación administrativa, y su omisión tiene efectos equivalentes a una denegación.
CCOO exige a la Administración que deje de gastar el tiempo y el dinero de la ciudadanía, pues sólo así dejarán de sufrir deterioro las instituciones y el honor profesional de quienes demuestran que no tienen otro objetivo que servirlas. La Consejería de Educación ha de reconocer el derecho con la simple interposición de la solicitud administrativa.
Y para finalizar, otra exigencia: el pago de los sexenios ha de ser con efectos retroactivos, reconocidos por diversas sentencias y frente a las que la Administración ya ha sufrido la imposición de costas.
De este modo, animamos al profesorado a reclamar su derecho, no sin antes pedirle a la Administración Educativa que lo hiciera de oficio. Lejos de ese reconocimiento de oficio, lo que hace la Consejería es obligar a reclamar dos veces, una en vía administrativa y otra en vía judicial, a través del recurso contencioso-administrativo; recurso cuya interposición conlleva, como todas/os conocemos, gastos económicos para la/el administrado.
La Administración actúa siempre de la misma manera: silencio a la reclamación administrativa y, una vez demandado en el contencioso, se allana a la demanda y reconoce el pago del o de los sexenios desde la fecha de la reclamación.
Son innumerables las reclamaciones interpuestas por el profesorado interino e igual de innumerables los silencios y los allanamientos posteriores. Y es ante esta injusta e ilegítima situación ante la que la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León se rebela y actúa, pues lo que hace la Administración no es más que colapsar la jurisdicción y vulnerar el principio de economía procesal.
La Administración Educativa al no reconocer los errores y desoír nuestras quejas nos obliga a ir un paso más allá en defensa de los derechos de las y los trabajadores de la enseñanza, por lo que, si no modifica sus posiciones, interpondremos una querella por encontrarnos ante un INTENCIONADO y grave ATENTADO procesal, con vulneración y clara DEJADEZ DE FUNCIONES, amparado por multitud de derechos fundamentales y multitud de normas, causando INDEFENSIÓN y lesionando el derecho a la tutela efectiva del art. 24 de la Constitución, obligando como única salida acudir a los tribunales en demanda de restitución de los derechos vulnerados.
La Consejería elimina y mutila al profesorado interino, de forma ilegal, todos sus derechos administrativos y procesales sobre la debida gestión y actuación de funcionario público, el uso y abuso del silencio administrativo supone un ABUSO DE POSICIÓN INSTITUCIONAL, incurriendo en responsabilidad por prevaricación en comisión por omisión, cuando es imperativo realizar una determinada actuación administrativa, y su omisión tiene efectos equivalentes a una denegación.
CCOO exige a la Administración que deje de gastar el tiempo y el dinero de la ciudadanía, pues sólo así dejarán de sufrir deterioro las instituciones y el honor profesional de quienes demuestran que no tienen otro objetivo que servirlas. La Consejería de Educación ha de reconocer el derecho con la simple interposición de la solicitud administrativa.
Y para finalizar, otra exigencia: el pago de los sexenios ha de ser con efectos retroactivos, reconocidos por diversas sentencias y frente a las que la Administración ya ha sufrido la imposición de costas.
26 de noviembre de 2014
