FECCOOCYL | 18 de January, 2026

Viernes, 16 Enero 2026 10:07

CCOO reclama un sistema de becas que realmente garantice la universalidad y la equidad en el ámbito de la universidad

CCOO reclama un sistema de becas que realmente garantice la universalidad y la equidad en el ámbito de la universidadLa Declaración Universal de los Derechos Humanos señala que: “Toda persona tiene derecho a la educación” y “[…] el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos”. En España, el derecho a la educación está garantizado en el artículo 27 de nuestra Constitución.

La educación universitaria es un factor de promoción social clave para la ciudadanía: favorece su inserción laboral, su trayectoria profesional, sus niveles de ingresos y los protege frente al riesgo de pobreza; además a través de la formación universitaria se consigue una ciudadanía mejor formada y, por tanto, más libre. La universidad se configura, así, como un potente ascensor social. Sin embargo, vemos que el acceso a los estudios universitarios no es un derecho universal: tiene un importante aspecto intergeneracional ya que el acceso a la educación universitaria depende en buena medida del entorno social y familiar y, muy especialmente, del nivel formativo de sus progenitores.

En el ámbito universitario, las becas se plantean como ayudas económicas destinadas a cubrir parte o la totalidad de una actividad formativa o investigadora. A través del sistema de becas, por tanto, debiera asegurarse que nadie abandona o deja de matricularse en cualquier nivel del sistema educativo por razones económicas. ¿Cumple nuestro sistema de becas con esa función? Sabemos que no. En la medida en que las ayudas al estudio cumplan dicha función, los alumnos de clases bajas deberían ver incrementada su probabilidad de finalizar estudios superiores y, de esta forma, encontrar menos dificultades a la hora de promocionar socialmente. Sin embargo, en el ámbito de la universidad pública, el alumnado procedente de una clase media/alta está sobrerrepresentado. Es decir, el alumnado de extracción social más baja no va a la Universidad, pero sus familias y ellos mismos pagan, como el resto, los impuestos que ayudan a financiar el servicio público universitario, lo que supone una clara discriminación. Si el sistema de becas no logra atraer a la Universidad a las clases más bajas o su dotación no logra evitar que las restricciones económicas mermen el rendimiento académico o un ulterior abandono, la movilidad social no se producirá, aunque se haya recibido la ayuda en cualquier momento de la vida escolar.

En el año 2007 se aprobó el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. En esta norma se establece que año tras año se tenían que revisar, mediante RD, la actualización de conceptos y cantidades. En este contexto, el pasado 18 de diciembre se reunió el Observatorio Universitario de Becas, Ayudas al Estudio y Rendimiento Académico para valorar el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027. La norma contempla como principales novedades en relación al curso anterior:

  1. La mejora del tratamiento a efectos de beca del alumnado universitario y de enseñanzas artísticas superiores con matrícula parcial de entre 48 y 59 créditos, que podrán percibir parte de la beca de renta y residencia.
  2. Se actualizan los umbrales de patrimonio, como ya se hizo en el curso 2024-2025 de los umbrales de renta.
  3. Se facilita la posibilidad de reducir la carga lectiva a personas con discapacidad de entre el 25 y el 64%, complementando la medida ya existente para quienes tuviesen acreditado un grado mayor.
  4. Se introduce como novedad la convocatoria por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades de becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso 2026-2027.

Desde CCOO, siendo conscientes del esfuerzo presupuestario realizado en los últimos años y las limitaciones que supone no contar con unos Presupuestos aprobados, defiende la necesidad de mejora y reforma del sistema en base a los siguientes criterios:

  • La beca tiene que plantearse como un derecho subjetivo del alumnado y las familias. Desde CCOO defendemos la necesidad de modificar el actual modelo que contempla un componente fijo y otro variable por la falta de equidad y por la incertidumbre que provoca este modelo. Entendemos que la parte variable debe incorporarse a la fija. En este sentido, resulta esencial avanzar en el objetivo declarado por la LOSU de alcanzar la gratuidad de los estudios universitarios.
  • El incremento de los importes. Para el curso 2026-2027 se mantienen congelados los importes de los diferentes conceptos. En realidad, para la mayor parte de los supuestos los importes son similares a las del curso 2020-2021. Entendemos que el objetivo, para situarnos en la media de los países de nuestro entorno, es que el 0,44% del PIB se destine a este objetivo y que se refleje en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Resulta imprescindible actualizar dichos importes con el mismo incremento que el IPC anual lo que, para esta convocatoria, supondría un incremento del 2,9%.
  • Necesidad de revisar anualmente los umbrales de renta y patrimonio tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional. La no actualización de estos umbrales deja fuera a un número cada vez más elevado de alumnado que realmente precisa de la beca para acceder y continuar su formación universitaria.
  • Debe prestarse una atención especial a la cuantía fija ligada a la residencia de la persona solicitante durante el curso. El actual importe de 2.700 € anuales, dependiendo del lugar donde se cursen los estudios, es insuficiente.
  • Resulta imprescindible dar un tratamiento específico a las familias monoparentales, cuya realidad no se contempla en la normativa actual, con la consecuente discriminación.
  • Debe suprimirse el abono de intereses en el supuesto de la obligación de reintegro del importe de la beca cuando ésta se pierde. Y esta penalización debe desaparecer cuanto antes, sin vincular la misma a su inclusión en la Ley de PGE en un contexto de prórroga de esta desde hace ya tres ejercicios.
  • Se debe avanzar en la línea de adelantar el abono del importe de la beca. No saber al inicio del curso si se es beneficiario o no de la beca, ni contar con el dinero de ésta para afrontar los distintos gastos que supone estudiar en la universidad hasta bien entrado el primer o incluso el segundo cuatrimestre puede conducir a que los estudiantes con menos recursos económicos no accedan al sistema universitario, o no continúen en él. Por lo tanto, se debería adelantar la fecha de la convocatoria y resolución.
  • A medio plazo, hemos planteado al Ministerio la introducción de las becas salario en los niveles posobligatorios. Una beca salario universitaria es una ayuda económica mensual para estudiantes, que no solo cubre gastos de matrícula, sino que proporciona un "salario" para gastos de vida, asegurando el acceso y permanencia en la universidad a cambio de cumplir requisitos académicos y de renta familiar. De esta forma se facilita el acceso y la permanencia en la educación superior, reduciendo el riesgo de abandono por motivos económicos.

El objetivo es claro: desarrollar todo el potencial del sistema de becas y ayudas al estudio para favorecer procesos de movilidad social ascendente, siendo a la vez capaz de vencer las resistencias de las clases más humildes para acceder a la Universidad. Reordenar el sistema de becas es condición indispensable no solo para una distribución más eficiente de las ayudas, dirigiéndolas allí donde sus efectos puedan ser mayores, sino especialmente para una distribución más justa.

 

 

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