FECCOOCYL | 18 de May, 2025

Viernes, 16 Mayo 2025 13:20

CCOO lamenta la falta de acuerdo sobre el pago de los complementos autonómicos al PDI laboral temporal

La Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León lamenta que no haya habido acuerdo con las universidades ni en la reunión de la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo PDI Contratado celebrada el pasado 25 de marzo, ni en la reunión de mediación celebrada ayer en la sede del Servicio Regional de Relaciones Laborales (SERLA ) ante nuestra reclamación para que las Universidades Públicas de Burgos, León, Valladolid y Salamanca reconozcan el derecho del personal docente e investigador temporal recogido en los artículos 4.1 y 4.2 del citado convenio a percibir los Complementos Retributivos Autonómicos en los mismos términos que el PDI con contrato indefinido.

Como en resto de conflictos colectivos presentados por CCOO, entendemos que no se puede discriminar al PDI contratado temporalmente y, por tanto, se le deberían pagar los Complementos Retributivos Autonómicos establecidos en el Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los complementos retributivos autonómicos para el personal docente e investigador funcionario de las Universidades Públicas de la Comunidad de Castilla y León, en las mismas condiciones y con arreglo al mismo procedimiento que el fijado para el PDI con contrato indefinido en el art. 47.1 del convenio colectivo vigente que es exactamente igual al del PDI funcionario.

Por tanto, en los próximos días presentaremos la demanda de Conflicto Colectivo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León para que las universidades públicas de nuestra comunidad reconozcan  el derecho del PDI contratado temporalmente a cobrar el Complemento de Reconocimiento de la Labor Investigadora por el Grado de Doctor, el Complemento de Reconocimiento de la Labor Docente y el Complemento de Reconocimiento por los Cargos Académicos desempeñados en la Gestión Universitaria en las mismas condiciones que el PDI con contrato indefinido.

Las Universidades argumentaron, otra vez, que la insuficiente financiación de la Junta de Castilla y León impide a las universidades asumir nuestras reivindicaciones que únicamente pretenden que se cumpla el artículo 15.6 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que dice claramente que las personas con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que las personas con contratos de duración indefinida.

Lamentablemente nos vemos obligados a reclamar, otra vez, ante los tribunales unos derechos que se están negando a este colectivo del PDI y PI contratado temporalmente y que, indiscutiblemente, les corresponden por ley.

Esperamos que el TSJ de nuestra comunidad dicte una sentencia en la que se reconozca éste derecho lo antes posible.

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