RESUMEN WEB DE LA REUNIÓN DERIVADA DE LA MESA SECTORIAL DE EDUCACIÓN DEL 28 DE OCTUBRE DE 2026.
Interviene en esta reunión la DG de RRHH, Teresa Barroso.
BORRADOR DE ORDEN POR LA QUE SE CONVOCA EL CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITO ESTATAL 2026-27 (TODOS LOS CUERPOS)
Teresa no resume la convocatoria en esta ocasión. Solo alude a plazos y algunas novedades en los anexos.
Se mantienen las normas de carácter estatal, pero mantienen también la estructura del curso pasado, dividida en 7 títulos.
Novedades en anexos y disposiciones complementarias:
- Cómputo de la experiencia también en caso de excedencia por violencia de género.
- Se añade una frase aclaratoria respecto a los certificados de lenguas extranjeras y referidos a la excepcionalidad de los títulos de las EOI, que serán valorados en el apartado 2.3 del baremo.
- Sobre los títulos de las lenguas cooficiales: no se valorarán en el apartado 5.3, sino en el 3.3.
Publicación: 4 noviembre
Apertura de plazo: 5 noviembre.
Plazo: 20 días.
Mantenemos este breve resumen del curso pasado:
Presentación: igual que otros años en un aplicativo informático. En caso de haber participado en alguna de las convocatorias de los dos últimos años, se pueden recuperar las vacantes solicitadas, excepto para el PTFP a extinguir, que solo pueden optar a las del último año.
Solo se hace una solicitud por cuerpo, independientemente de las especialidades o Administraciones a las que se concursa. Servirá la última solicitud presentada y la presentación es exclusivamente ELECTRÓNICA. Se necesita DNI o certificado electrónico.
Únicamente es válido el correo corporativo, el de educa.jcyl.es. Quien no cuente con uno propio, debe solicitarlo a través del Portal de Educacyl.
Los méritos del baremo se suben a la plataforma REDOA, excepto los que van de oficio, a saber:
- Antigüedad en cuerpo y centro (menos la experiencia como interin@s, que debe subirse al REDOA).
- Formación reconocida en el REGFORACEM (incluye cursos y competencia digital).
- Competencia lingüística.
Importante no olvidar que hay que asociar esa documentación desde REDOA a la solicitud, (no sirve para nada dejarlos en REDOA, ya que solo es un repositorio).
Baremación ordinaria: las y los que quieran aportar los años de servicio como interinos/a si no hubieran participado en los concursos anteriores de 2024 o 2025.
Baremación simplificada: siempre que se haya participado el curso pasado, pero aportando los nuevos méritos.
Orden de adjudicación: primero a los/as que optan a derecho preferente de centro y localidad y, por último, el resto de los participantes.
Adjudicación de oficio: los/as que no participen cuando su modalidad es de carácter obligatorio o forzoso o no hayan puesto todas las vacantes o las 4 provincias.
No es obligatorio participar a las plazas del ámbito sociolingüístico, científico-tecnológico, área práctica, bilingües, lingüísticas ni cultura clásica (no las pueden dar de oficio)
Se mantienen los derechos preferentes a centro, localidad y de concurrencia como los años anteriores. Debe estar marcado en la solicitud en el apartado correspondiente.
Fecha para determinar el cumplimiento de requisitos y méritos: a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Número máximo de peticiones para secundaria y maestr@s: 300 y para inspectores: 60. Se mantiene el procedimiento para cumplimentar las vacantes (por centro o localidad).
Se irán publicando de forma alterna los listados provisionales y definitivos de participantes, vacantes, baremaciones y las adjudicaciones de destinos.
Las vacantes que se van a sacar son las que se producen hasta 31 de diciembre de 2026, pero también las resultas (si está prevista la continuidad de su funcionamiento) y todas las jubilaciones que se produzcan hasta 10 días antes de la resolución definitiva.
En caso de haber obtenido más de un destino, habrá un plazo de 10 días para renunciar a uno de ellos.
Quien no obtenga destino, queda en expectativa de destino y debe participar en el AIDPRO.
Solo tiene validez la última solicitud presentada.
INTERVENCIÓN DE LAS OOSS
Mantenemos y aludimos a las alegaciones de otros años, la mayoría comunes a todas las OOSS:
- Eliminar el apartado en el que se considera requisito para la concesión de una comisión de servicios en atención a situaciones especiales la participación en el concurso de traslados. Porque atender una situación sobrevenida y temporal no debe implicar la pérdida de un destino definitivo.
- Solicitamos que la petición de vacantes se realice a plazas vista.
- Solicitamos que se mantenga/conserve la puntuación de los servicios en puestos de especial dificultad.
- Reducción de 4 a 3 provincias en PES y OC
- Reclamamos instrucciones claras y concisas desde la Dirección General de Recursos Humanos a las comisiones y que se haga público el documento de Instrucciones en pos de una mayor transparencia del proceso (como ya se hace en otras CCAA), y que funcionen como comisiones acorde a la norma.
- Volvemos a pedir que l@s maestr@s que no obtengan destino puedan recuperar el derecho a cambio de provincia como provisionales, igual que en secundaria.
Además, desde CCOO pedimos:
Que el profesorado de Música pueda optar a las plazas de ámbito.
Insistir desde CyL en la Interterritorial con el Ministerio o dónde corresponda que se debe incluir el derecho de concurrencia entre cuerpos, para favorecer a las “parejas intercuerpos” y solventar situaciones en que concursando ambos, a uno sí le puedan dar y al otro no.
Posibilidad de cambio de provincia para los suprimidos/as.
En el baremo del Anexo I, se solicita que se valoren premios convocados por entidades de prestigio.
Cada Comunidad Autónoma lo puntúa según criterios propios y Castilla y León utiliza criterios muy restrictivos en su puntuación, en ocasiones dejados al criterio de cada comisión de baremación, por lo que no es objetivo. Las y los funcionarios de nuestra comunidad salen perjudicados en el baremo con respecto a los de otras comunidades autónomas. Por todo ello, solicitamos que se usen los mismos criterios que usan las comunidades autónomas de nuestro entorno y con criterios objetivos bien definidos.
RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN:
Desestiman las alegaciones planteadas.
Sobre las comisiones de baremación: existe coordinación absoluta. Trabajan para ello. A las DDPP se les presta toda la ayuda necesaria.
BORRADOR DE RESOLUCIÓN DE LA DG DE PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, POR LA QUE SE CONVOCA LA RENOVACIÓN DE LOS CARGOS DE DIRECTORES Y DIRECTORAS DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS, NOMBRADOS AL AMPARO DE LA ORDEN EDU/248/2023 DE 23 DE FEBRERO.
Es una resolución muy sencilla que deriva de la orden 248 de 2023 y que permite continuar en el cargo de la dirección mediante una solicitud que está supeditada a la evolución positiva del trabajo realizado.
La petición es informática y debe descargarse el resguardo acreditativo. En esta ocasión no cabe la subsanación. De haber algún error, se resolvería mediante recurso de alzada de manera rápida.
Si el candidato/a no adjunta la actualización del proyecto en el formulario estaría automáticamente fuera del proceso.
Plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación.
Una vez oído el informe y oído el Consejo Escolar, la comisión de evaluación valorará al candidato/a de manera positiva o negativa.
Si la persona no tiene destino definitivo en el centro, se le nombrará en comisión de servicios por cuatro años, con posibilidad de renovación de otros cuatro, previa evaluación positiva.
CCOO
Insistir en que cada año quedan plazas sin cubrir y eso es un indicativo de precariedad en cuanto a la dotación de recursos administrativos y económicos. Evidencia que es una labor poco atractiva.
La Admon. debe garantizar los recursos necesarios.
No es el modelo adecuado, sino uno con mayor respaldo de los claustros.
RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN
Opinan que este es el mejor modelo posible y dicen que funciona.
Trabajan siempre para mejorar la situación de los centros.
Las funciones de dirección son las que les corresponden.
Toman nota del resto de apreciaciones.
RUEGOS Y PREGUNTAS
CCOO
- Información oposiciones 2027
- Información sobre las 18 plazas en equipos y el cupo en relación a la repercusión del último acuerdo. Llegan quejas de docentes que se han visto afectados en su horario lectivo por la aplicación de la reducción horaria de mayores de 59 años, sin aumento de cupo. La restricción del cupo también afecta a las guardias y al profesorado con CHL, al que se le pide colaboración para esas horas de guardia. Se demuestra que en muchos centros no hay plantilla suficiente.
- Reiteramos nuestra petición (registrada y sin respuesta) del criterio de aplicación en los casos de personal docente que, habiendo visto reconocido el grado I de carrera profesional, en el subgrupo A2, desde 01 de enero de 2021, después de ese momento ha pasado al subgrupo A1, entiende que podrá solicitar el grado II en el subgrupo A1, al cumplir el requisito permanencia continuada en el mismo grupo profesional (grupo A) durante el período exigido (cinco años desde la adquisición de la categoría I)
- Permisos sindicales previos a las EESS: ¿se elimina a esas personas de los grupos o canales de comunicación por considerar que no pertenecen al claustro durante esos dos meses?
RESPUESTA:
Oposiciones: nos convocarán para informarnos.
Información solicitada: cuando sea posible.
Carrera grado II: lo están estudiando.
Permisos sindicales: siguen perteneciendo al centro y claustro, y se les debe mantener. Toman nota del caso en un centro de la provincia de Soria.
Finaliza su intervención (en alusión a nuestra queja) aseverando que los centros educativos de esta comunidad tienen la dotación necesaria de plantilla y no existen restricciones de cupo. Incluso durante el curso se dota de más plantilla si es necesario.













