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Martes, 16 Abril 2013 11:22

CCOO asegura que el concierto del colegio privado de Arroyo sería ilegal

El sindicato de enseñanza de CCOO en Valladolid señala la ilegalidad que supondría acordar un concierto con el colegio privado que la Fundación Arenales prevé en Arroyo de la Encomienda sin que éste tenga escolarizado a ningún niño o niña. La orden de aplicación de los conciertos educativos señala que la petición debe ir acompañada de la relación de alumnos matriculados en cada curso y unidad, algo que la Fundación Arenales no puede cumplir ya que no tiene ni siquiera construido el centro. Además, el Tribunal Supremo sentenció recientemente que la actual Ley Orgánica de Educación impide los conciertos con los centros que segregan por sexo, cosa que está en el ideario de la Fudación Arenales.


La Orden de la Junta de Castilla y León por la que se establecen las normas para la aplicación de los conciertos educativos y el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez o la renovación de los conciertos educativos dice en su artículo 6 dedicado a “Solicitudes y documentación” que “en el supuesto de centros que deseen suscribir por primera vez el concierto educativo y de centros que deseen modificar su concierto accediendo a una nueva etapa educativa, deberán acompañar … los siguientes documentos: Alumnos matriculados en el momento de la solicitud, indicando su distribución en cada curso y unidad”. “La presentación de solicitudes se realizará durante el mes de enero de cada año”. Según esta norma solo los centros escolares que tienen a sus alumnos ya matriculados pueden solicitar el concierto,

Sin embargo el centro privado “Arenales”, todavía en proyecto, ha solicitado para el curso académico 2013-2014 el concierto de 15 unidades en las etapas de Infantil (2º ciclo), Primaria y Secundaria sin tener, a fecha de su solicitud, ningún alumno matriculado por lo que incumple el artículo 6.3.c. de la citada orden, lo que supone un defecto de forma que invalida todo el procedimiento e imposibilita, a juicio de CCOO, la concesión de los conciertos solicitados.

Además, el pasado verano, el Tribunal Supremo, declaró ilegales las ayudas a los centros que segregan por sexo, basándose en que la Ley Orgánica de Educación establece que los centros concertados no pueden discriminar a los alumnos en sus criterios de admisión, entre los que se alude expresamente a cuestiones de sexo. CCOO considera, por ello, que el centro previsto por la Fundación Arenales no podría ser concertado ya que aboga en su ideario por la educación diferenciada entre chicos y chicas, como consta en su página Web http://www.colegioarenales.es/educacion-diferenciada/.
Para el sindicato de enseñanza de CCOO lo que se está haciendo en Arroyo de la Encomienda (Valladolid) es únicamente tratar de adelantarse a la posible nueva Ley Wert que si permitirá, si no logramos pararla, la concertación de los centros que discriminan por sexo a sus alumnos. Sin embargo, CCOO quiere recordar que existe una ley vigente, la LOE, que impide este concierto y que las propias normas de la Junta de Castilla y León para la concesión de conciertos, también en vigor, lo hacen imposible con las condiciones que pretende la Fundación Arenales y apoya un grupo de padres interesados en escolarizar a sus hijos en ese futuro centro.

A la vez, CCOO denuncia que la Junta de Castilla y León no ha construido el Instituto público al que se había comprometido en una localidad de 20.000 habitantes con una creciente demanda de escolarización, mientras el Ayuntamiento ha cedido el suelo destinado a este instituto a la Fundación Arenales, ligada al Opus Dei. Ahora para completar el desatino la Fundación pretende que el centro sea concertado, incluso antes de construirlo.

El sindicato de enseñanza de CCOO se ratifica en su rechazo al borrador de la LOMCE que invierte, de forma radical, el principio democrático por el cual el Estado debe planificar la enseñanza y garantizar los puestos escolares y deja en manos de los centros privados concertados existentes la garantía de los puestos escolares dispensando así a las Administraciones educativas de garantizar plazas “públicas” suficientes, especialmente en las zonas de nueva población.

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